SECCIÓN 10
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Subcomisión Mixta de
Cambios de Centro de Trabajo en el Distrito Federal
C
O N V O C A T O R I A
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LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN EL
DISTRITO FEDERAL Y LA SECCIÓN 10 DEL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
EDUCACIÓN, CONVOCAN AL PERSONAL DOCENTE DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, SECUNDARIA TÉCNICA Y EDUCACIÓN FÍSICA A QUE
PARTICIPEN EN LOS PROGRAMAS DE CAMBIOS Y PERMUTAS DE CENTRO DE TRABAJO EN EL
DISTRITO FEDERAL 2013, LOS CUALES SE
REALIZARÁN DE CONFORMIDAD A LOS SIGUIENTES:
NOTA IMPORTANTE: LA PARTICIPACIÓN
DE LOS TRABAJADORES EN EL PROCESO DE CAMBIOS Y PERMUTAS DE CENTRO DE TRABAJO EN
EL DISTRITO FEDERAL ES VOLUNTARIA Y LOS TRÁMITES SON GRATUITOS
I.
REQUISITOS
1.
Encontrarse en servicio activo.
2.
Ostentar nombramiento con carácter definitivo (código 10)
con más de seis meses de servicios ininterrumpidos al momento de presentar la
Solicitud de Cambio o Permuta de Centro de Trabajo ante la instancia
correspondiente, o nombramiento provisional (códigos 95 ó 97) y tener un mínimo
de 2 años ocupando la plaza.
3.
Tramitar personalmente la Solicitud en el período
autorizado por la Subcomisión Mixta de Cambios de Centro de Trabajo en el
Distrito Federal en:
-
La Unidad Administrativa o Nivel Educativo de su
adscripción, o
-
La Sección 10 del SNTE.
4.
Presentar cuatro copias del(los) comprobante(s) de pago
de la quincena inmediata anterior a la entrega de la Solicitud.
5.
Presentar el Formato Único de Personal, Constancia de
Nombramiento o Nombramiento, así como Orden de Presentación.
6.
En los casos de permutas de centro de trabajo los
solicitantes deberán tener nombramientos equivalentes (en la misma categoría y
funciones).
II.
INSTRUCCIONES
PARA EL LLENADO DE LA SOLICITUD
1.
Las Solicitudes de Cambios o Permutas de Centro de
Trabajo podrán obtenerse a través de la página de la Administración Federal de
Servicios Educativos en el Distrito Federal http://www.sepdf.gob.mx,
y en la sede de la Sección 10 del SNTE; así mismo, en la dirección electrónica
se encontrará disponible para consulta la presente Convocatoria.
2.
Se recomienda tener a la mano el(los) comprobante(s) de
pago correspondiente(s) a la última quincena cobrada, pegando al reverso de su
Solicitud una copia fotostática del(los) mismo(s).
3.
La Solicitud se llenará en cuadruplicado, estableciendo
hasta 3 opciones de centro de trabajo en donde el interesado pida ser adscrito.
4.
El llenado de la Solicitud se podrá realizar a través de
la página de internet como lo indica el numeral uno de este apartado y la
impresión de los tantos que se requieren de la misma se realizará también por
este medio.
5.
Entregar dos solicitudes anula la oportunidad de obtener
su cambio de adscripción de centro de trabajo.
6.
La Filiación se anotará a 13 posiciones: cuatro
corresponden a la parte alfabética; seis a la numérica, y las tres restantes a
la homonimia. Esta información deberá tomarse invariablemente del comprobante
de pago de remuneraciones. Por ejemplo: GARA791129BB2. La clave de Filiación
será la llave de registro.
7.
La información de la clave del centro de trabajo, se
anotará como se muestra en los siguientes ejemplos:
Secundaria: 09DES0121F Secundaria para
Trabajadores: 09DSN0013X
Secundaria
Técnica 09DST0047U Educación Física: 09DEF0013Q
Telesecundaria 09DTV0101W
Turno: Matutino (M),
Vespertino (V), Nocturno (N) o Mixto (O), Jornada Ampliada (J), Tiempo Completo
(C)
III.
CRITERIOS
PARA CAMBIOS DE CENTRO DE TRABAJO
1.
Las Solicitudes se analizarán y dictaminarán conforme a
lo siguiente:
a.
La matricula existente en cada centro de trabajo.
b.
Los espacios disponibles en los centros de trabajo.
c.
La necesidad justificada del servicio público que se
tiene que proporcionar.
d.
El cumplimiento de los solicitantes de los requisitos
establecidos para los cambios de centro de trabajo.
e.
Cuando el(los) espacio(s) disponible(s) en el centro de
trabajo sea(n) solicitado(s) por más de un trabajador, se asignará al de mayor antigüedad en el nivel educativo.
2.
El análisis y dictamen
de las Solicitudes de Cambios de
Adscripción de Centros de Trabajo de
jornada ampliada y tiempo completo se realizará
de conformidad con lo siguiente:
a)
En la dirección electrónica http://www.sepdf.gob.mx, se podrán consultar
los centros de trabajo de jornada
ampliada o tiempo completo para el ciclo
escolar 2013-2014; asimismo, en la sede de la Sección 10 del SNTE.
b)
Únicamente se considerará a los docentes que cuenten con
el total de horas requeridas en estos centros de trabajo.
c)
Cuando el(los) espacio(s)
disponible(s) en el centro de trabajo de jornada ampliada o tiempo
completo sea(n) solicitado(s) por más de un trabajador, se asignará al de mayor
antigüedad en el nivel educativo.
3.
Cuando se solicite cambio de adscripción con más de una
plaza, se buscará atender la petición en los términos de la Solicitud; de no
existir condiciones para el cambio, ésta será dictaminada como improcedente o,
en su defecto, el trabajador decidirá lo que a su derecho convenga.
PARA PERMUTAS DE CENTRO DE TRABAJO
4.
Las Permutas se clasifican en dos tipos:
Por su
jurisdicción:
a) Internas.- Cuando los centros de trabajo pertenezcan a
una misma Unidad Administrativa o Nivel
Educativo.
b) Externas.-
Cuando los centros de trabajo
pertenezcan a dos o más Unidades Administrativas.
4.2.Por el número de solicitudes:
a) Simples.- Cuando involucren a dos
personas.
b) Compuestas.- Cuando se concerten entre
tres o más personas.
5.
En las permutas internas, corresponderá al Titular de la
Unidad Administrativa o Nivel Educativo respectivo, la facultad de autorizar
las permutas que procedan, de
conformidad con el dictamen de la Subcomisión Mixta de Cambios de Centro de
Trabajo en el Distrito Federal.
6.
En las permutas externas, será facultad de los Titulares
de la Dirección General de Operación de Servicios Educativos, de la Dirección
General de Servicios Educativos Iztapalapa, de la Dirección General de Educación
Física y de la Dirección General de Educación Secundaria Técnica, autorizar las
permutas que procedan, contando con el visto bueno de los Titulares de los
Niveles Educativos respectivos, de conformidad con el dictamen de la
Subcomisión Mixta de Cambios de Centro de Trabajo en el Distrito Federal.
7.
Las Solicitudes de Permutas que involucren a los centros
de trabajo de jornada ampliada o tiempo completo, deberán cumplir con lo establecido en el numeral 2,
del apartado III de esta Convocatoria.
IV.
GENERALES
1.
La validación de los datos asentados en las Solicitudes
será responsabilidad de las Unidades Administrativas y Niveles Educativos, y se
efectuará en un periodo de 48 horas, contadas a partir de la recepción de las
mismas. El horario de atención será de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes.
2.
Para posibilitar los Cambios y Permutas de Centro de
Trabajo en el Distrito Federal, se gestionarán las transferencias
presupuestales necesarias, siendo la premisa fundamental no afectar al servicio
público educativo.
3.
El dictamen de las Solicitudes de Cambios de Centro de
Trabajo es irrevocable.
4.
Los Cambios y Permutas de Centro de Trabajo en el
Distrito Federal autorizados, deberán ser formalizados con el trámite de los
movimientos en los Nombramientos y Ordenes de Presentación respectivas, de
conformidad con el dictamen de la Subcomisión Mixta de Cambios de Centro de
Trabajo en el Distrito Federal.
5.
Cualquier situación no contemplada en estos criterios
será resuelta por la Subcomisión Mixta de Cambios de Centro de Trabajo en el
Distrito Federal.
V. FECHAS
1.
La presente Convocatoria estará disponible en la página
de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal, http://www.sepdf.gob.mx; en cada centro de
trabajo y en la sede de la Sección 10 del SNTE.
2.
La presentación y recepción de Solicitudes de Cambios y Permutas de Centro de Trabajo será del 13
al 23 de mayo de 2013.
3.
La fecha límite para el desistimiento de las Solicitudes
de Cambios y Permutas de Centro de Trabajo será el 27 de mayo de 2013, y deberá
manifestarse por escrito.
4.
Los resultados del Proceso de Cambios y Permutas de
Centro de Trabajo, se publicarán a partir del 20 de junio del presente año y
estarán disponibles en la página de internet de la Administración Federal de
Servicios Educativos en el Distrito Federal: http://www.sepdf.gob.mx;
y en la Sección 10 del SNTE, del 20 de junio al 30 de julio de 2013.
5.
Los Nombramientos y las Ordenes de Presentación de los
Cambios y Permutas de Centro de Trabajo autorizados, serán entregados a los trabajadores del 14 al 16 de
agosto del presente año, para que los mismos continúen prestando sus servicios en su nuevo centro de trabajo.
6.
La presentación de los interesados a su nuevo centro de
trabajo deberá realizarse de acuerdo a la fecha señalada en la Orden de
Presentación.
México, D.F., 29 de abril de 2013.
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