martes, 7 de febrero de 2012

MAS ACERCA DE LOS DESCUENTOS


COMO SE APLICAN LOS DESCUENTOS POR FALTAS

·         Publicado por SAUL ARROYO MORALES el febrero 5, 2012 a las 11:37am

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¿Cómo se aplican los descuentos por faltas?

Ante la decisión de los Trabajadores de la Educación de luchar y oponerse a la ACE y todas sus consecuencias, las autoridades han soltado falsa información sobre los descuentos para detener la movilización y los paros. La falta de información sobre la aplicación de los descuentos por faltas y retardos siempre ha servido a las autoridades como forma de control y de represión, como en los recientes paros.

A continuación exponemos la forma en que son aplicados los descuentos, algunas aclaraciones para acabar con algunos mitos sobre la aplicación de los mismos y, por último, algunas recomendaciones a observar.



I.- Descuentos por faltas y retardos.

Se aplican los conceptos 17 y 18



a.- Por jornada



Para obtener el valor de un día faltado, cualquiera, se realiza lo siguiente:

1.- Se dividen los 5 días hábiles entre los 7 días de la semana y tenemos el cociente 1.4

2.- Este cociente divide al salario mensual, para obtener el descuento de un día.



b.- Profesor por hora/semana/mes



Los conceptos a considerar son: 07, E9, E2, E5, SC, FC.

Aunque de manera general tenemos: 07 + E9 + SC





Procedimiento:



v  Se obtiene el salario mensual de los conceptos: 07+ E9 + SC

v  Se multiplica el número de horas semanales por cuatro para obtener para obtener las horas laboradas al mes

v  Se divide el salario del mes por las horas mensuales y obtenemos el valor de la hora a descontar.

v  Por último, se multiplica el número de horas faltadas por el valor de la hora a descontar.



Ejemplo:

Con un salario de 19 H/S/M

Suma mensual de 07, E9 y SC.

(Salario a partir del 16-05-07)



07: 2, 487.57

E9:      146.30

SC:      305.42

__________

$   2, 939.29

Multiplicamos por 2 para obtener el salario mensual:

$ 2, 939.29 X 2 =  $ 5 878.58

Número de horas mensuales:

19 X 4 = 76

Cociente de salarios/horas al mes:



5, 878.58 = $ 77.35

76

Este el monto de una hora a descontar, sin carrera magisterial.



NOTAS.

1.- Es falso que si faltamos lunes o viernes o “puente”, nos descuenten 3 días. El monto de descuento por hora incluye, de manera proporcional, sábado y domingo, no importa el día que se falte.

2.- El descuento se aplica en los conceptos:

17: año en curso, los últimos 6 meses.

18: año anterior, de los 7 a los 12 meses anteriores.

3.- Para reportar incidencias tenemos:

a.- El director de la escuela envía información a la quincena inmediata de ocurrida la falta o retardo, previa entrega del reporte al trabajador.

b.- La Dirección correspondiente (CSES o DGSEI) envía, en un lapso de 4 meses a Remuneraciones el informe de incidencias.

c.- Remuneraciones de Pagaduría, tiene hasta un año para aplicar el descuento, después ya no es válido.



4.- Reclamación del trabajador.

La prescripción es de un año.



5.- El director debe entregar una copia del reporte de faltas y retardos al trabajador. El trabajador debe comprobar las fechas reportadas (de mayo a mayo aprox.). También el CED puede solicitar la hoja de incidencias



6. El descuento se aplica con el salario vigente de la quincena en que se faltó.



7. Las instancias para los reclamos son las Direcciones (CSES y DGSEI)



8. Los descuentos aplicados no excederán al 30% del salario del trabajador.



Otros descuentos son el 01 (ISR), 19 (cobro indebido), 58 (cuota sindical), L1, L2, L3, L4 (ISSSTE), 51 (seguro individual), 03 (PCP), 64 (Préstamo hipotecario)



Recordemos que a partir de enero se incrementaron los descuentos en el 01, al modificarse la tabla sobre los impuestos. De igual manera se nos imponen los descuentos con la aplicación de la nueva Ley del ISSSTE (L1, L2, L3, L4, hasta L5), lo que redujo nuestro salario a partir del mes de enero.



Recomendaciones:

1.     Firmar la tarjeta al inicio de la quincena.

2.     Llevar la relación de incidencias de manera personal.

3.     Pedir al Srio. Gral. y de T y C, del CED por escrito, las incidencias.

4.     Cuando no se den a conocer las incidencias por el director, pedirlo por escrito al director con copia al inspector y la dirección operativa. (DGSEI, CSES)

5.     Si se comprueba dolo del director, pedir al Jurídico la sanción correspondiente

                      ASAMBLEA DE COORDINACIÓN SECCIONES 10 Y 11

                                                                                                     Febrero 2012


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